ENCARGADO: ROBBI ABUD

El Departamento de Educación dependerá directamente de la Dirección de Desarrollo Comunitario y tiene como objetivo procurar las condiciones óptimas para el desarrollo del proceso educativo en los establecimientos de educación municipales.

Ley 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades

Art. 23. Funciones:

a) Proponer y ejecutar medidas tendientes a materializar acciones y programas relacionados con salud pública y educación, y demás servicios incorporados a su gestión, y +VER MÁS

Reglamento de Organización y Funcionamiento Interno

Art. 89. Funciones:

a)Asumir la Dirección Administrativa de los Establecimientos Educacionales Municipales, en conformidad con las disposiciones legales vigentes.

b)Promover, programar y desarrollar cursos de capacitación para el personal docente y no docente de los establecimientos educacionales municipales.

c)Velar por el cumplimiento de los programas y normas técnico pedagógicas emanadas del Ministerio de Educación, en los establecimientos educacionales municipales.

d)Coordinar con organismos públicos, privados y con otras unidades municipales, la elaboración y ejecución de programas extraescolares en la comuna. +VER MÁS

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